Ay! ¡Ay! ¡Ay! ¿Lapsus? ¿Error? ¿Despiste?  ¿O intereses espurios para distorsionar el reconocimiento del trabajo social sanitario como profesión sanitaria?

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Los barcos no vuelan, ni están diseñados para volar. Los barcos están diseñados para navegar. El conocimiento de las cosas permite saber, en gran medida, cuando se está delante de una recreación artística, como es la imagen de este post, o de un hecho real. Un niño, una niña, que viera la imagen superior podría pensar que los barcos vuelan porque la imagen es de un barco que vuela. Sin embargo, en el colegio, en la casa le explicarán que los barcos no vuelan, que es solo una pintura, una recreación de algo imaginado por alguien. Y la próxima vez que vea una imagen similar sabrá que es una imagen, no un hecho real.

Un error lo tiene cualquiera. La repetición del mismo error produce cierto pasmo, pero, ocurre. Nadie está libre de polvo y paja. Sin embargo, cuando el error se repite obstinadamente, y se repite, y se repite… cuando conviene, claro, a sabiendas y en conciencia, no es un error, es una intención. El pseudo error encierra un fin, un interés. Como decían antes los mayores «piensa mal y acertarás».

El error al que se refiere este post, es el aval que una pequeña parte del colectivo profesional del trabajo social da al siguiente enunciado: el trabajo social se debe reconocer como profesión sanitaria.

No. El trabajo social no se puede reconocer como profesión sanitaria, simple y llanamente, porque no lo es. El trabajo social, titulación que se obtiene en el Grado, no reúne las condiciones formativas requeridas por la LOPS. Esto se sabe desde 2003.

El trabajo social no es una profesión sanitaria, el trabajo social sanitario sí. Alguien dirá: pendiente de reconocimiento. Sí, es cierto, en ello está la SCETSS que se diferencia de las líneas del Consejo General y la Asociación Trabajo Social y Salud, precisamente en la SCETSS promueve el reconocimiento sanitario del trabajo social sanitario (titulación de máster) y no del trabajo social (titulación de grado).

Por este motivo una vez consolidada la titulación oficial formativa, se fundó la SCETSS en 2016 y desde 2017, siempre hablando de la SCETSS, estamos desbrozando el camino del reconocimiento del trabajo social sanitario como profesión sanitaria y lo estamos haciendo con bastante éxito, porque desde la primera reunión con el Director General de Ordenación de Profesiones Sanitarias en 2017 el asunto está sobre las mesas correspondientes, si bien la culminación del reconocimiento se resiste. Cuando se habla del reconocimiento del trabajo social y no del trabajo social sanitario tampoco se ayuda a la causa.

El nombre de la profesión, la disciplina y la titulación universitaria, no deja lugar a dudas: Trabajo Social Sanitario. Y es en esta denominación donde está el tuétano del asunto. Las otras denominaciones, dentro de departamentos universitarios varios, no tienen que ver con lo que aquí se trata.

La realidad de 2003 cambió en 2013, cuando la AQU validó el primer Máster Universitario de Trabajo Social Sanitario (MUTSS) de la UOC dentro de Estudios de Ciencias de la Salud. Desde entonces, el MUTSS-UOC da cuerpo disciplinar a la profesión en sus funciones «asistencial, investigadora, docente, de gestión clínica, de prevención y de información y educación sanitarias».[1] Le ha dado contenidos teóricos y ha formado en trabajo social sanitario a profesionales que hoy ejercen en puestos estratégicos. Se resalta e insiste que, como señala la LOPS, el MUTSS se imparte dentro de los Estudios de Ciencias de la Salud.

La mayoría recordará que en 2019 se superaron todos los análisis técnicos y jurídicos para declarar al trabajo social sanitario, y no el trabajo social, profesión sanitaria. La biología sanitaria también estaba en la declaración. Durante dos años la SCETSS estuvo reuniéndose periódicamente con los responsables técnicos, jurídicos y políticos del Ministerio de Sanidad. La ministra Carcedo anunció el hecho que se publicó en la prensa del ministerio de sanidad, y otros medios. Sin embargo, como se ha señalado muchas veces, el adelanto electoral torció el camino, lo hizo más largo y el nuevo equipo lo frenó.

A pesar del revés, la SCETSS siguió y sigue con los contactos internos con diputados de todos los partidos y la propuesta llegó en forma de enmienda al Senado. Oh sorpresa, cuando llegó la votación, el PSOE que había impulsado el reconocimiento en los despachos ministeriales y en el Congreso, en el Senado votó «No». Por ello, procede interpretar que el reconocimiento del trabajo social sanitario, no el del trabajo social, es una cuestión meramente política, ya no tiene que ver con los requisitos académicos y jurídicos que sí se cumplen.

Cuando el reconocimiento se reivindica para el trabajo social y se deja de lado el factor diferencial, el sanitario, puede que se esté ante un error de principiante, o de interpretación de la realidad y la legislación, pero después de tantos años, la frase parece encerrar intereses espurios para que el reconocimiento del trabajo social sanitario, se insiste, trabajo social sanitario, se vea entorpecida.  

Después de numerosas negociaciones y gestiones con quienes tienen la responsabilidad de turno, el error queda descartado. A juicio de quien escribe, no es un error, detrás hay una intención y se presume que es una mala intención: la de abortar el reconocimiento del trabajo social sanitario, como profesión sanitaria. O sea volver a la casilla de 2003 cuando el trabajo social quedó fuera de las profesiones sanitarias.

Cuando en 2003 se aprobó la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, el trabajo social ejercido en las organizaciones del sistema sanitario se encontró ante una nueva realidad que marcaba otro horizonte profesional: en este nuevo escenario, la mayoría de las profesiones con las que formaba equipo sanitario obtenían el reconocimiento de profesiones sanitarias directamente, sin preámbulos, mientras que el trabajo social quedaba excluido.

Desde el momento en que, en 2013, se crea el nuevo título universitario de «Máster Universitario de Trabajo Social Sanitario» se consolida una nueva profesión, su práctica implica una formación específica de la enfermedad y los efectos psicosociales que se generan en la persona enferma y su familia, además de los apoyos formales disponibles o por promover.

Se insiste, la SCETSS promueve y se centra en el reconocimiento de profesión sanitaria del trabajo social sanitario, no del trabajo social. Un error, hablar del reconocimiento del trabajo social como profesión sanitaria, lo es la primera vez, quizás la segunda, incluso la tercera, pero insistir en ello durante años, no es un error, o es pereza mental para entender la realidad o encierra intereses espurios para impedir el reconocimiento.

Dolors Colom Masfret – vocal SCETSS. Barcelona, 18 de julio de 2025


[1] Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Título I. Art. 4

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